Despido arbitrario: cómo se calcula la indemnización

Si te despidieron sin una causa justa, la ley te reconoce una indemnización. Te explicamos cómo se calcula en el régimen general, con un ejemplo, y qué plazo tienes para reclamar.

En el Perú, cuando un empleador despide a un trabajador sin una causa justa prevista en la ley, o sin seguir el procedimiento, se trata de un despido arbitrario. En ese caso el trabajador tiene derecho a una indemnización.

A quién se aplica

Esta guía explica el régimen laboral general de la actividad privada (Decreto Legislativo 728). Si trabajas en una micro o pequeña empresa inscrita en el REMYPE, o en el sector público, las reglas son distintas.

Tampoco corresponde indemnización si el despido ocurre durante el período de prueba, que en general es de tres meses.

Si tu contrato era indefinido

La indemnización equivale a una remuneración y media mensual por cada año completo de servicios, con un máximo de doce remuneraciones. Los meses y días que no completan un año se pagan de forma proporcional (por dozavos y treintavos).

Un ejemplo

Supongamos que ganabas S/ 2,000 al mes y trabajaste 3 años y 6 meses.

Por cada año completo te corresponden S/ 3,000 (una remuneración y media). Por los 3 años: S/ 9,000. Por los 6 meses restantes: la mitad de S/ 3,000, es decir S/ 1,500. Total de la indemnización: S/ 10,500.

Si tu contrato era a plazo fijo

Si el contrato tenía fecha de término y te despidieron antes, la indemnización es de una remuneración y media por cada mes que faltaba para que termine el contrato, también con un máximo de doce remuneraciones.

La indemnización no es lo único

Aparte de la indemnización, tu empleador debe pagarte tu liquidación de beneficios sociales: CTS, vacaciones no gozadas o truncas y gratificaciones truncas. Son conceptos distintos y se pagan por separado.

El plazo es corto

Para reclamar judicialmente por despido arbitrario tienes 30 días hábiles desde que ocurrió el despido. Pasado ese plazo, el derecho a reclamar caduca. Por eso conviene actuar de inmediato.

Qué hacer mientras tanto

Guarda tu contrato, tus boletas de pago, la carta de despido si te la dieron y los mensajes con tu empleador. Y no firmes una liquidación o una carta de renuncia sin revisarla antes.

Esta guía es información general y no reemplaza la revisión de tu caso. Si tienes una situación concreta, escríbenos y la vemos contigo.

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